EL COLEGIO DE NOTARIO.
Los Notarios del Estado deberán estar agrupados en una asociación civil que cumpliendo con lo dispuesto en la Ley tendrá las funciones que se deriven de ésta.
Todos los Notarios de cada Estado deberán solicitar y obtener su registro por parte de la agrupación notarial, sin el cual no podrán ejercer su respectiva función, debiendo cubrir las cuotas que este determine.
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