4 mar 2026

LOS DERECHOS AL 100%

 En la actualidad se han reconocido como nunca los derechos. Pero solo reconocidos más nunca respetados. El derecho a la salud es reconocido, pero los pacientes siguen en espera de ser atendidos y los familiares en la sala de espera tirados, sin un lugar digno. 

La garantía de audiencia también es reconocida pero en materia de descuentos pensionarios, decomisos, cateos, medidas cautelares, no existe la garantía de audiencia previa. 

La libertad de tránsito es otro derecho reconocido, pero que pasa con las aduanas, las reglas de tránsito de cada estado, el control de la contaminación vehicular, retenes policiacos, etc.

La justicia es gratuita, pero hay que pagar derechos, peritos, copias certificadas, anotaciones registrales, etc. Sino tienes dinero olvidate de tu derecho.

Muchos procedimientos judiciales son inaccesibles sino cuentas con un abogado.

La lista se haría interminable. Derechos hay muchos, pero de que sirven sino existen los mecanismos para hacerlos efectivos.

La suspensión de los actos reclamados a las autoridades no surte efectos sino pagas una garantía.

La justicia retardada en justicia denegada.

DERECHOS AL 100%  PERO EL CUMPLIMIENTO A QUÉ PORCENTAJE?

LA SELVA DEL DERECHO

3 mar 2026

EMBAJADA Y CONSULTADO DE IRAN EN CDMX

 Embajada de Irán en CDMX 

Paseo de la Reforma No. 2350, Col. Lomas de Altas, Alcaldía Miguel Hidalgo, C.P. 11950, México, CDMX. Tel. 9172 – 2692 / 045 7471 0799 31 Fax. 9172 – 2693 iranembmx@hotmail.com irembmx@gmail.com 

Consulado de Irán en CDMX

Ciudad de México Paseo de la Reforma 2350, Col. Lomas Altas, Alcaldía Miguel Hidalgo, 11950, México, CDMX. Tel. 9172 – 2699 / 9172/ 2693 / 045 7471 0799 31 Fax. 9172 – 2694 iranembmx@hotmail.com irembmx@gmail.com


SRE MÉXICO



15 feb 2026

LA CALCULADORA DE INDEMNIZACIÓN LABORAL

 La calculadora de indemnización laboral es útil para establecer una monto de indemnización por despido injustificado o por renuncia.

Se toma en cuenta la indemnización constitucional, vacaciones, prima vacacional, prima de antigüedad, aguinaldo, y cualquier adeudo de salarios y demas prestaciones.

INGRESA A LA CALCULADORA


Si tienes alguna duda puedes contactárnos.

27 oct 2023

imprescriptibilidad de la acción penal en los delitos sexuales contra menores de dieciocho años.

 DOF: 18/10/2023

DECRETO por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Penal Federal, en materia de imprescriptibilidad del ejercicio de la acción penal y de sanciones de los delitos sexuales cometidos contra personas menores de dieciocho años.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

ANDRÉS MANUEL LÓPEZ OBRADOR, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:

Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente

DECRETO

"EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, D E C R E T A :

SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL CÓDIGO PENAL FEDERAL, EN MATERIA DE IMPRESCRIPTIBILIDAD DEL EJERCICIO DE LA ACCIÓN PENAL Y DE SANCIONES DE LOS DELITOS SEXUALES COMETIDOS CONTRA PERSONAS MENORES DE DIECIOCHO AÑOS

Artículo Único.- Se reforman el primer y tercer párrafos del artículo 107 Bis; el primer y tercer párrafos del artículo 205 Bis; el primer párrafo del artículo 261 y las fracciones I y III del artículo 266, y se adiciona un artículo 266 Ter del Código Penal Federal, para quedar como sigue:

Artículo 107 Bis.- El término de prescripción de los delitos previstos en el Título Octavo del Libro Segundo de este Código cometidos en contra de una víctima persona menor de dieciocho años, comenzará a correr a partir de que ésta cumpla la mayoría de edad, con excepción de los delitos previstos en los artículos 200, 201, 202, 203, 203 Bis, 204 y 209 Bis de este Código, que serán imprescriptibles.

...

En los casos de los delitos contra la libertad y el normal desarrollo psicosexual, así como los previstos en la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, que hubiesen sido cometidos en contra de una persona menor de dieciocho años de edad, se observarán las reglas para la prescripción de la acción penal contenidas en este capítulo, pero el inicio del cómputo de los plazos comenzará a partir del día en que la víctima cumpla la mayoría de edad, con excepción de los delitos previstos en los artículos 261, 262 y 266 de este Código, que serán imprescriptibles.

Artículo 205 Bis. Serán imprescriptibles las sanciones señaladas en los artículos 200, 201, 202, 203, 203 Bis, 204 y 209 Bis de este Código. Asimismo, las sanciones señaladas en dichos artículos se aumentarán al doble de la que corresponda cuando el autor tuviere para con la víctima, alguna de las siguientes relaciones:

a) a j) ...

...

En los casos de los incisos e), f) y h) si la persona activa del delito fuere servidora o servidor público o ministra o ministro de culto religioso, además de las sanciones señaladas, se castigará con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo o comisión o cualquiera otro de carácter público o similar, hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

...

Artículo 261. A quien cometa el delito de abuso sexual en una persona menor de dieciocho años de edad o en persona que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho, aun con su consentimiento, o que por cualquier causa no pueda resistirlo o la obligue a ejecutarlo en sí o en otra persona, se le impondrá una pena de seis a trece años de prisión y hasta quinientos días multa.

...

Artículo 266. ...

I.     Al que sin violencia realice cópula con persona menor de dieciocho años de edad;

II.     ...

III.    Al que sin violencia y con fines lascivos introduzca por vía anal o vaginal cualquier elemento o instrumento distinto del miembro viril en una persona menor de dieciocho años de edad o persona que no tenga capacidad de comprender el significado del hecho, o por cualquier causa no pueda resistirlo, sea cual fuere el sexo de la víctima.

...

Artículo 266 Ter. Serán imprescriptibles las sanciones señaladas en los artículos 261, 262 y 266 de este Código.

Transitorios

Primero. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Se derogan todas aquellas disposiciones que se opongan al contenido del presente Decreto.

Ciudad de México, a 12 septiembre de 2023.- Sen. Ana Lilia Rivera Rivera, Presidenta.- Dip. Marcela Guerra Castillo, Presidenta.- Sen. Verónica Noemí Camino Farjat, Secretaria.- Dip. Pedro Vázquez González, Secretario.- Rúbricas."

En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, a 10 de octubre de 2023.- Andrés Manuel López Obrador.- Rúbrica.- La Secretaria de Gobernación, Luisa María Alcalde Luján.- Rúbrica.

8 feb 2023

Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral en Veracruz

Oficina Estatal de Veracruz de Ignacio de la Llave, con domicilio en Avenida Salvador Díaz Mirón Nº. 2880, segundo piso, Colonia Electricistas, Municipio de Veracruz, Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, código postal 91916.


Oficina de Apoyo con sede en el municipio de Coatzacoalcos, adscrita a la Oficina Estatal de Veracruz de Ignacio de la Llave, con domicilio en Avenida Universidad Veracruzana Km 9+600, Colonia Las Gaviotas, Municipio de Coatzacoalcos, Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, código postal 96536, en el local SA-2B del Centro Comercial El Dorado.


Oficina de Apoyo con sede en el municipio de Poza Rica de Hidalgo, adscrita a la Oficina Estatal de Veracruz de Ignacio de la Llave, con domicilio en Boulevard Adolfo Ruiz Cortines Nº. 506-B, Colonia Obras Sociales, Municipio de Poza Rica de Hidalgo, Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, código postal 93240.


Oficina de Apoyo con sede en el municipio de Xalapa-Enríquez, adscrita a la Oficina Estatal de Veracruz de Ignacio de la Llave, con domicilio en Carretera Federal Xalapa-Veracruz, km. 4+300, Nº. 553, El Olmo, Colonia Las Trancas, Municipio de Xalapa-Enríquez, Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, código postal 91194, local 6, dentro de la Plaza Xanat.

LOS DERECHOS AL 100%

 En la actualidad se han reconocido como nunca los derechos. Pero solo reconocidos más nunca respetados. El derecho a la salud es reconocido...