27 ago 2021

DOMICILIO DE LA CONAPRED

A partir del 1º de septiembre de 2021, la oficialía de partes del CONAPRED empezará a prestar sus servicios en días y horas hábiles, en el domicilio ubicado en:

Calle Londres 247, Colonia Juárez, Alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México, Código Postal 06600.

DECRETO OFICIAL.

Otros temas:


Domicilio del Órgano Interno de Control en la Autoridad Educativa Federal.

23 ago 2021

DOMICILIO DEL ORGANO INTERNO DE CONTROL DE AUTORIDAD EDUCATIVA FEDERAL.

A partir del 23 de Agosto del 2021, el domiclio del Órgano Interno de Control en la Autoridad Educativa Federal en la Ciudad de México, y sus áreas de Responsabilidades, Auditoría Interna, de Desarrollo y Mejora de la Gestión Pública y Quejas, Denuncias e Investigaciones, será:


Calle Agustín Delgado número 58, pisos 1 y 2, colonia Tránsito, código postal 06820, alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México.


Todas las denuncias, notificaciones, acuerdos, citatorios, correspondencia, trámites, requerimientos, servicios, solicitudes, desahogos y cualquier otra diligencia que guarde relación con los asuntos de la competencia del Órgano Interno de Control en la Autoridad Educativa Federal en la Ciudad de México, se recibirán para su atención correspondiente en el domicilio indicado.


Ver aviso oficial.

7 ago 2021

MÓDULOS DE IDENTIFICACIÓN VEHICULAR (MIV)

La Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México CDMX brinda servicios gratuitos de identificación vehicular, para una COMPRA SEGURA, por medio de la Fiscalía de Investigación Estrategica de Delito de Robo de Vehículos y Transporte.


MÓDULO ZONA CENTRO

Avenida Doctor Vertíz # 59, casi esquina con calle Doctor Río de la Loza, colonia Doctores, Alcaldía Cuauhtemoc, C.P. 06720, Ciudad de México, tel. 55 53 46 84 81.


MÓDULO ZONA ORIENTE.

Calle Enrique Contel s/n, casi esquina avenida Guelatao, colonia Chinampac de Juárez, Alcaldía Iztapalapa, Ciudad de México, tel. 55 53 45 56 49.


Otros servicios:

SERVICIOS DE LA FGJ CDMX


26 jul 2021

DECLARATORIA DE NACIONALIZACION DE TEMPLO RELIGIOSO EN MÉXICO

Te presentamos un ejemplo de nacionalización de un templo religioso en México. Procedimiento y declaratoria en el Diario Oficial de la Federación de México.


"DOF: 26/07/2021 DECLARATORIA por la que se formaliza la nacionalización del inmueble denominado Templo Evangélico Eben-Ezer. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.-
 HACIENDA.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales. 
DECLARATORIA Por la que se formaliza la nacionalización del inmueble denominado "Templo Evangélico Eben-Ezer" Localizada en: Domicilio: Calle Independencia No. 35 Colonia Centro Localidad y Municipio: Amecameca Estado: México PABLO ISRAEL ESCALONA ALMERAYA, DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO INMOBILIARIO FEDERAL, con fundamento en los Artículos 27, fracción II y Decimoséptimo Transitorio de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1°, 2º, 3°, 4°, 24, 25 y 26, de la Ley de Nacionalización de Bienes, Reglamentaria de la fracción II del Artículo 27 Constitucional; Artículo 3°, fracción VI, 28, fracción IV, 29, fracción III, 79, fracción II, 83, fracción IV de la Ley General de Bienes Nacionales; Artículo Cuarto Transitorio de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público; artículo 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; Artículo 2 apartado D) fracción VI y 98-C del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; artículos 1°, 11 fracciones I, XV y XVIII del Reglamento del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales.

 CONSIDERANDO
1. Que el inmueble denominado "Templo Evangélico Eben-Ezer", ubicado en calle Independencia No. 35, Colonia Centro, Localidad y Municipio de Amecameca, Estado de México, con superficie total de 207.00 metros cuadrados y las siguientes medidas y colindancias: Al Norte, 19.40 metros, colinda con Propiedad Privada, Al Sur, 19.60 metros, colinda con Propiedad Privada. Al Oriente, 11.00 metros, colinda con calle Independencia, Al Poniente 10.30 metros, colinda con Propiedad Privada, el cual es de los comprendidos por el Artículo Decimoséptimo Transitorio de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, habiendo sido dado de alta ante la Secretaría de Gobernación como inmueble considerado propiedad de la Nación; de conformidad con las constancias que obran en el expediente integrado ante la Dirección General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal, adscrita al Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
 2. Que el expediente de referencia se integró conforme a lo establecido en el artículo 25 de la Ley de Nacionalización de Bienes, Reglamentaria de la Fracción II del Artículo 27 Constitucional, conteniendo los siguientes documentos: 
a) El Informe donde consta las características de la construcción y descripción general del inmueble a nacionalizar que en su parte conducente dice: "Construcción de adobe con aplanado, pintado de adentro y afuera, una nave techos de loza y concreto, piso de madera, altar elaborado de concreto y tabique a una altura de 50 centímetros de elevación, pasillo que se utiliza de corredor. (Cabe decir que en el sismo de 19 de septiembre de 2017. La Construcción sufrió daños, por lo que actualmente el predio se encuentra en proyecto de construcción.";
 b) El Croquis de Localización proporcionado por la Asociación Religiosa usuaria, el cual señala que el inmueble tiene una superficie total de 207.00 m², un área construida de 00.00 m² y un área descubierta de 00.00 m²; 
c) El avalúo estimativo proporcionado por la Asociación Religiosa usuaria; 
d) El Inventario de bienes muebles elaborado y proporcionado por la Asociación Religiosa usuaria; 
e) La notificación a los colindantes del inmueble, efectuada mediante publicación en el Diario Oficial de la Federación el día 19 de febrero de 2021, tal como lo establece la fracción II del artículo 26 de la Ley de Nacionalización de Bienes, Reglamentaria de la Fracción II del Artículo 27 Constitucional, y una vez transcurrido el plazo establecido, no se presentó oposición de parte legítima interesada, por lo que se llevó a cabo el presente procedimiento de formalización de la nacionalización; 
f) El Certificado de no inscripción de fecha 11 de abril de 2018, expedido por el Instituto de la Función Registral del Estado de México. 
g) Constancia emitida por la Subdirección de Movimientos de Asociaciones Religiosas, adscrita a la Dirección General de Asociaciones Religiosas de la Secretaría de Gobernación de fecha 07 de diciembre de 2018. 3. Que habiéndose cumplido los requisitos conforme a la normatividad aplicable, se emite la siguiente: 
DECLARATORIA 
PRIMERO: Se declara la formalización de la Nacionalización del inmueble denominado "Templo Evangélico Eben-Ezer", ubicado en calle Independencia No. 35, Colonia Centro, Localidad y Municipio de Amecameca, Estado de México, con la superficie descrita en el considerando 1 de la presente Declaratoria, por ser de los comprendidos conforme a los preceptos constitucionales citados y por haberse satisfecho todos y cada uno de los requisitos establecidos en la normatividad aplicable. SEGUNDO: Publíquese la presente Declaratoria en el Diario Oficial de la Federación. 
TERCERO: Inscríbase esta Declaratoria en el Registro Público de la Propiedad Federal y en el Registro Público de la Propiedad de la entidad que corresponda. 
TRANSITORIO ÚNICO: La presente Declaratoria entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Ciudad de México, a 01 de julio de 2021.- Director General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal, Pablo Israel Escalona Almeraya.- Rúbrica."

PUEBLOS INDIGENAS DE SAN LUIS POTOSÍ

  Te presentamos un listado de Pueblos Indigenas de San Luis Potosí, México reconocidos ante el Instituto Nacional de los Pueblos Indigenas.


Fuente: DOF: 28/12/2020.
ACUERDO por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa de Apoyo para el Bienestar de las Niñas y Niños, Hijos de Madres Trabajadoras, para el ejercicio fiscal 2021. Anexo 3

PUEBLOS INDIGENAS DE QUINTANA ROO

  Te presentamos un listado de Pueblos Indigenas de Quintana Roo, México, reconocidos ante el Instituto Nacional de los Pueblos Indigenas.


Fuente: DOF: 28/12/2020.
ACUERDO por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa de Apoyo para el Bienestar de las Niñas y Niños, Hijos de Madres Trabajadoras, para el ejercicio fiscal 2021. Anexo 3

PUEBLOS INDIGENAS DE NAYARIT

 Te presentamos un listado de Pueblos Indigenas de Nayarit, México, reconocidos ante el Instituto Nacional de los Pueblos Indigenas.


 
Fuente: DOF: 28/12/2020.
ACUERDO por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa de Apoyo para el Bienestar de las Niñas y Niños, Hijos de Madres Trabajadoras, para el ejercicio fiscal 2021. Anexo 3

LA CALCULADORA DE INDEMNIZACIÓN LABORAL

  La calculadora de indemnización laboral es útil para establecer una monto de indemnización por despido injustificado o por renuncia. Se to...