7 mar 2021

NORMAS OFICIALES SOBRE SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO

 3.1    NOM-001-STPS-2008, Relativa a las condiciones de seguridad e higiene en los edificios, locales, instalaciones y áreas de los centros de trabajo.

3.2    NOM-006-STPS-2014, Manejo y almacenamiento de materiales-Condiciones de seguridad y salud en el trabajo.

3.3    NOM-007-STPS-2000 Actividades agrícolas - Instalaciones, maquinaría, equipo y herramientas-Condiciones de seguridad

3.4    NOM-017-STPS-2008, Relativa al equipo de protección personal para los trabajadores en los centros de trabajo.

3.5    NOM-018-STPS-2015, Sistema armonizado para la identificación y comunicación de peligros y riesgos por sustancias químicas peligrosas en los centros de trabajo.

3.6    NOM-022-STPS-2015, Relativa a las condiciones de seguridad en los centros de trabajo en donde la electricidad estática represente un riesgo.

3.7    NOM-026-STPS-2008, Colores y señales de seguridad e higiene, e identificación de riesgos por fluidos conducidos en tuberías.

3.8    NOM-030-STPS-2009, Servicios preventivos de seguridad y salud en el trabajo-Funciones y actividades.

3.9    NOM-033-STPS-2015, Condiciones de seguridad para realizar trabajos en espacios confinados.

3.10   NOM-034-STPS-2016. Condiciones de seguridad para el acceso y desarrollo de actividades de trabajadores con discapacidad en los centros de trabajo.

CENTRO DE TRABAJO

Centro de trabajo: El lugar o lugares, tales como edificios, locales, instalaciones y áreas, donde se realicen actividades de explotación, aprovechamiento, producción, comercialización, transporte y almacenamiento o prestación de servicios, en los que laboren personas que estén sujetas a una relación de trabajo.



Definición obtenida de la ROY-NOM-004-STPS-2020, MAQUINARIA Y EQUIPO QUE SE UTILICE EN LOS CENTROS DE

TRABAJO. DISPOSITIVOS DE PROTECCIÓN. D.O.F. 08/feb/2021


ACCIDENTE DE TRABAJO

Accidente de Trabajo: Toda lesión orgánica o perturbación funcional, inmediata o posterior, o la muerte, producida repentinamente en ejercicio o con motivo del trabajo, cualesquiera que sean el lugar y el tiempo en que se preste.


Concepto obtenido de PROYECTO de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-004-STPS-2020, Maquinaria y equipo que se utilice en los centros de trabajo. Sistemas de protección y dispositivos de seguridad. D.O.F. 8/feb/2021

CONCEPTO DE RIESGO LABORAL

Riesgo: La correlación de la peligrosidad de uno o varios factores y la exposición de los trabajadores con la posibilidad de causar efectos adversos para su vida, integridad física o salud, o dañar al centro de trabajo.

Riesgo laboral o riesgo de trabajo.

TIPOS DE RIESGOS.

Riesgo Inminente: Es aquel riesgo con probabilidad de ocurrencia que pone en peligro la integridad física, salud o vida del trabajador y que está a punto de suceder o que está muy próximo en el tiempo.

Riesgo potencial: Riesgo que, aun cuando no se manifieste o en apariencia no ocurra, está latente la probabilidad de que la maquinaria y equipo causen lesiones a los trabajadores.

Riesgo residual: Riesgo que queda después de que se hayan tomado las medidas preventivas cuyo nivel se considera aceptable.


Definición y concepto obtenido del PROYECTO DE NORMA PROY-NOM-004-STPS-2020. 

MAQUINARIA Y EQUIPO QUE SE UTILICE EN LOS CENTROS DE TRABAJO. DISPOSITIVOS DE PROTECCIÓN.

D.O.F. 8/FEB/2021.




JURISPRUDENCIA DE MEXICO.

Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Registro digital: 2017623

Instancia: Plenos de Circuito

Décima Época

Materias(s): Laboral

Tesis: PC.X. J/6 L (10a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación. Libro 57, Agosto de 2018, Tomo II, página 1887

Tipo: Jurisprudencia

INDEMNIZACIÓN POR RIESGO DE TRABAJO. CARGA DE LA PRUEBA CUANDO SE RECLAMA SU INCREMENTO POR CAUSA INEXCUSABLE DEL PATRÓN EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 490 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO.

 El precepto citado contiene cinco hipótesis en las que el patrón puede incurrir en responsabilidad por causa inexcusable y dan lugar al incremento en la indemnización por riesgo de trabajo; por tanto, cada caso debe analizarse conforme a su específica redacción y, por ende, no puede establecerse una regla general sobre a qué parte corresponde la carga probatoria, en tanto cada hipótesis conlleva a diferentes obligaciones, amén de que también incide la conducta procesal de las partes; de ahí que resulta inevitable tomar en cuenta lo que el actor exprese en la razón por la que conceptúa la falta que invoca como causa inexcusable del riesgo, y la actitud de la demandada al contestar esa imputación.

 PLENO DEL DÉCIMO CIRCUITO.

 Contradicción de tesis 1/2017. Entre las sustentadas por el Tribunal Colegiado del Décimo Circuito, con sede en Coatzacoalcos, Veracruz, y el Primer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Segunda Región, con residencia en San Andrés Cholula, Puebla. 19 de septiembre de 2017. Unanimidad de cuatro votos de los Magistrados Germán Ramírez Luquín, Cándida Hernández Ojeda, Roberto Alejandro Navarro Suárez y Josefina del Carmen Mora Dorantes. Ponente: Roberto Alejandro Navarro Suárez. Secretaria: Adelita Méndez Cruz.

 Criterios contendientes:

 El sustentado por el Tribunal Colegiado del Décimo Circuito, con sede en Coatzacoalcos, Veracruz, al resolver los amparos directos de trabajo 125/2016 y 743/2016, y el diverso sustentado por el Primer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Segunda Región, con residencia en San Andrés Cholula, Puebla, al resolver el amparo directo de la misma materia 31/2016 (cuaderno auxiliar 301/2016).

Esta tesis se publicó el viernes 17 de agosto de 2018 a las 10:25  horas  en el Semanario Judicial de la Federación y, por ende, se considera de aplicación obligatoria a partir del lunes 20 de agosto de 2018, para los efectos previstos en el punto séptimo del Acuerdo General Plenario 19/2013.


Otros temas:

PROCURADURIAS DEL TRABAJO DE MEXICO


CONCEPTO DE TRABAJADOR

Trabajador(es): La persona que presta servicios que son retribuidos por otra persona, física o moral, a la cual el trabajador se encuentra subordinado. El término aplica sin distinción de género y con perspectiva de igualdad y no discriminación, a fin de garantizar el derecho a la igualdad y la no discriminación tal como lo dispone la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.


Definición obtenida de la ROY-NOM-004-STPS-2020, MAQUINARIA Y EQUIPO QUE SE UTILICE EN LOS CENTROS DE

TRABAJO. DISPOSITIVOS DE PROTECCIÓN. D.O.F. 08/feb/2021

JURISDICCIONES DE LOS ESTADOS UNIDOS

 

2 mar 2021

TIENDA VIRTUAL

Tienda virtual: Es un espacio dentro de un sitio web, en el que se ofrecen artículos a la venta.


Definición obtenida del ACUERDO POR EL QUE SE EMITE EL CÓDIGO DE ÉTICA EN MATERIA DE COMERCIO

ELECTRÓNICO. DOF: 26/02/2021.

LA CALCULADORA DE INDEMNIZACIÓN LABORAL

  La calculadora de indemnización laboral es útil para establecer una monto de indemnización por despido injustificado o por renuncia. Se to...